El Ministerio de Agricultura pone a disposición de los interesados el futuro proyecto de Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa de explotaciones de ganado porcino extensivo.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha sacado a consulta previa (https://diarioveterinario.bigpress.net/file/download/19028) la elaboración de un Real Decreto por el que se regula el registro general de mejores técnicas disponibles en explotaciones, creado a través del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.

El objetivo es recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las observaciones u opiniones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: sgmpg@mapa.es

El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 27 de abril y finaliza el 12 de mayo de 2021, ambos inclusive.

PROBLEMAS QUE PRETENDEN SOLUCIONAR

Las actividades ganaderas, como cualquier actividad económica, pueden potencialmente suponer un impacto negativo sobre el medio ambiente y el clima a la vez que deben contribuir al cumplimiento de los compromisos ambientales y climáticos adquiridos por España a nivel internacional y europeo.

Para prevenir y reducir este impacto, se han establecido distintos requisitos medioambientales a cumplir por las instalaciones ganaderas, entre las que destaca la implantación de las Mejores técnicas disponibles (MTD). Ello se ha visto reflejado en la nueva normativa sectorial para el ganado porcino, contenida en el Real Decreto 306/2020, en la cual se incorpora la obligatoriedad de aplicación de estas MTD en las instalaciones de mayor potencial contaminante, y la obligación de comunicación de su aplicación por parte de los ganaderos a las autoridades competentes.

Para instrumentalizar y facilitar dichos requisitos se creó, en dicho Real Decreto, el Registro General de Mejores Técnicas Disponibles en Explotaciones (en adelante el Registro General).

Es necesario dar base legal al Registro General para garantizar el buen funcionamiento del mismo, la comunicación entre el Registro General y los Registros Autonómicos, y para garantizar la coherencia de la información entre el Registro General, y la información contenida en otros instrumentos de la Administración General del Estado, tales como el Sistema Español de Inventarios (SEI) o el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR). Para ello, es necesario facilitar el cálculo de las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero y de otros contaminantes atmosféricos en base a las diferentes alternativas de actividad y de aplicación de las MTD, para lo cual el Real Decreto establecerá igualmente la obligación de que las administraciones pongan a disposición de las granjas herramientas informáticas públicas y gratuitas que faciliten estos cálculos con la información marco que sea compatible con los citados SEI y PRTR”, explican.

Dicha herramienta o herramientas sería elaborada en colaboración con las CCAA buscando una mayor eficiencia y la armonización de resultados y daría como resultado el sistema informatizado ECOGAN.

Por todo ello, el Registro General estará contenido en el sistema informatizado ECOGAN, creado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Fuente: DIARIO VETERINARIO.